CHEQUE INNOVACION 2010

jueves, 3 de junio de 2010

Requisitos, obligaciones, forma y plazo para la presentación de la solicitud CHEQUE INNOVACION:

REQUISITOS:
1) No haber finalizado el proyecto antes de la fecha de presentación de la solicitud.
2) Aportación mínima del 15% del beneficiario destinada a la financiación del proyecto, mediante recursos no subvencionados.
3) El proveedor de los servicios debe estar acreditado por el Instituto de Fomento, para lo cual, deberá seguir el procedimiento de adhesión previsto en la el Anexo III de la convocatoria.
4) El servicio contratado por la pyme solicitante deberá estar en la lista de servicios que se incluye en el Anexo I de la convocatoria.
5) Dado que el Cheque de Innovación está dirigido a aquellas empresas con escasa o nula experiencia en el ámbito de la innovación, no serán admitidas aquellas solicitudes presentadas por empresas que hayan recibido ayudas en los dos ejercicios anuales anteriores o en el corriente al que se solicite la subvención, a través de cualquiera de los programas propios del Instituto de Fomento, o que gestiona esta Entidad, para proyectos de innovación en materia o ámbito similar al presentado. Asimismo, no podrán ser beneficiarias aquellas empresas que hayan recibido un reconocimiento público por sus actividades en I+D+i en materia o ámbito similar al presentado, o que pueda comprobarse la condición innovadora de la solicitante a través de cualquier tipo de publicidad, escrito o publicación.

OBLIGACIONES DE LAS PYMES BENEFICIARIAS:
- Contratación del servicio con un proveedor acreditado para su prestación. -Comunicación de cualquier incidencia en la prestación del servicio recibido, en particular, retrasos injustificados o su no prestación.
-Entrega del Cheque de Innovación original y totalmente cumplimentado al proveedor como parte del pago de la factura emitida por el mismo por los servicios prestados.
-Pago al proveedor del importe de la factura no cubierto por el Cheque de Innovación dentro del plazo de justificación de gastos.
-Validación de los servicios recibidos por el proveedor, mediante la aceptación o no aceptación del Informe final de los trabajos realizados.
-Aportación, en su caso, de la documentación requerida por el proveedor a los efectos de que éste realice la justificación de la ayuda concedida, en particular una copia de los entregables desarrollados a lo largo de los trabajos, para su entrega al Instituto de Fomento.
-Cesión del derecho de cobro de la ayuda concedida mediante el endoso del Cheque de Innovación en favor del proveedor del servicio.

FORMA Y PLAZO DE SOLICITUD PARA LAS PYMES:
Forma: Los interesados, con carácter obligatorio, deberán dirigir su solicitud a la Presidencia del Instituto de Fomento mediante la presentación telemática de solicitudes y documentación complementaria conforme al modelo que encontrará en la dirección de Internet: www. institutofomentomurcia.es/infodirecto (apartado Programas de Innovación). Los interesados deberán efectuar la presentación de la solicitud ante el Registro Telemático del Instituto de Fomento de la Región de Murcia. Para utilizar este medio de presentación el solicitante deberá disponer de certificado reconocido de usuario expedido por una Autoridad de Certificación
Plazo: Desde el 2 de junio hasta el 20 de octubre

B) Si eres un profesional o tienes una empresa que entre sus actividades preste los servicios que en parte subvenciona esta ayuda…… estas son los requisitos de adhesión el plazo y las obligaciones que cumplir:

PROVEEDORES DE LOS SERVICIOS, ADHESIÓN Y PLAZO:
Aquellas personas físicas (autónomos) o jurídicas, de carácter privado, con independencia de su forma jurídica, que presten habitualmente servicios de innovación a las pymes y que dispongan de los recursos y el personal con capacidad y experiencia suficientes, interesados en adherirse al programa en esta Convocatoria 2010 para la realización de los servicios contenidos en el Catálogo de Servicios de Innovación versión 2.0 del Instituto de Fomento, deberán presentar un escrito de adhesión, según modelo contenido en http://
www.institutofomentomurcia.es/web/innova/pymemasi.

Plazo: hasta el 25 de junio

OBLIGACIONES DE LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS:
-Disponer de acreditación vigente del Instituto de Fomento para la prestación del servicio contratado por la pyme beneficiaria del Cheque.
-Comunicación de cualquier incidencia en la prestación del servicio recibido, en particular, dificultades para su realización o imposibilidad para prestarlo.
-Realización del servicio a precio de mercado y emisión de un informe final de los trabajos realizados además del resto de entregables previstos.
-Entrega al Instituto de Fomento de los entregables desarrollados, así como de una copia del informe final de trabajos, y la aceptación o no aceptación de los mismos por la empresa beneficiaria.
-Realización del servicio sin que quepa la subcontratación con terceros, salvo para cuestiones puntuales y siempre que quede debidamente justificado en el Informe final de los trabajos realizados.
-En su caso, presentación de la solicitud de cobro de la subvención junto con la documentación justificativa, sin que pueda repercutir coste alguno a la pyme beneficiaria por dicha labor.
-Utilización de las herramientas informáticas puestas a disposición por el Instituto de Fomento para la correcta gestión del programa, así como cumplimiento de las normas de funcionamiento que se establezcan.
-Respeto de las normas y buenas prácticas en la prestación de servicios de consultoría y asistencia técnica a empresas, en particular, el respeto a la confidencialidad de la información a la que tengan acceso para la realización de los trabajos.