Técnicas de emailing (ii)

jueves, 5 de junio de 2008

Adjuntamos la segunda entrega de los artículos remitidos vía comentarios por Javier Gómez, de Catedral Consultores, sobre cómo llevar a cabo una campaña de emailing de forma efectiva. Se trascribe literalmente a continuación:

Tal y como comentábamos en la entrega anterior, para realizar un emailing primero necesitas direcciones de email. De perogrullo ¿verdad?

Bueno, no tanto. Lo primero que debemos plantearnos es ¿a quíen le vamos a mandar nuestra comunicación comercial? ¿empresas o particulares?

Si es particulares, con la iglesia hemos topado. La Agencia Española de Protección de Datos vigila cual halcón el cumplimiento de la LSSI ( ley de servicios de la socieda de la información) y de la LOPD (ley orgánica de protección datos personales) en lo que se refiere a SPAM (envío de comunicaciones comerciales NO SOLICITADAS). De hecho, hace muy poco tiempo ha salido una sentencia polémica que reconoce que una simple dirección de correo electrónico es un dato personal (no se yo que habrá de personal en una dirección como pajaritoverde@hotmail.com, como mucho que le gusta la ornicultura) imponiendo una sanción económica a la pobre empresa que se atrevió a mandar dicha publicidad (por cierto, esas molestas llamadas que recibimos todas las semanas invitándonos a cambiar de compañía de seguros o de gas, ¿no son spam?)

Al grano, con particulares, sólo estás autorizado a mandarles emailings si ellos previamente han consentido en ello ¿y cómo dan su consentimiento, si no puedo mandarles un email para que consientan? La única opción es colgar en tu web un formulario donde introduzcan su email y den su consentimiento a recibir comunicaciones comerciales de tu empresa. (Ojo con el tema de la LOPD que un fichero de emails en tu servidor web es un fichero de caracter personal que debes declarar!!)

Si los destinatarios de tu campaña son empresas o autónomos, la cosa varía. De entrada existen ciertas discrepancias entre LSSI y LOPD que permiten un resquicio legal. La LSSI define como SPAM el envío de comunicaciones comerciales no solicitadas (a cualquier particular o empresa) sin embargo la LOPD indica en su artículo 3.j que "no se requiere el consentimiento del interesado para el tratamiento de datos personales obtenidos de fuentes accesibles al público. Dichas fuentes son: el censo promocional, las guías telefónicas, las listas de profesionales colegiados, los diarios y boletines oficiales y los medios de comunicación". Evidentemente, existe una discrepancia, y ¿a quíen debemos hacer caso? a la LOPD que al ser de caracter orgánico tiene un rango mayor (resulta triste y paradójico que por querer ser escrupulosos con la ley se nos pongan tantas trabas, teniendo que contemplar impasibles como cada día nos entran impunemente en nuestro buzón 100 mensajes vendiéndonos viagra).

Bueeeno, ya hemos solventado el escollo legal y además la propia ley nos dice de donde podemos obtener direcciones de email: páginas amarillas.es, webs de directorios empresariales, institutos de fomento (panelempresarial.com), colegios profesionales .... Aunque ese resquicio legal permitiría mandar emailigs a partículares, no lo aconsejo pues es buscarle las cosquillas a la AEPD.

Ahora bien, empezar a recopilar direcciones de email de las páginas web usando el "copia & pega" es un trabajo de chinos! ¿No hay ninguna manera de automatizar la tarea? La hay, pero la veremos en la próxima entrega.