DESHOJANDO EL ANTEPROYECTO DE LEY DEL EMPRENDEDOR

martes, 28 de mayo de 2013


Fue mucho el revuelo que causó el pasado viernes 24 de Mayo la aprobación por el Consejo de Ministros del anteproyecto de ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. A continuación intentaremos ver cuáles son sus carencias y virtudes ante su inminente tramitación como ley.

En esta ley se ha hecho especial hincapié en la necesidad de agilizar los trámites burocráticos a la hora de constituirse como empresa o autónomo. Para ello prevé la posibilidad de hacerlo entre 24 y 48 horas, dependiendo de si se requiere escritura pública o no, a través del registro telemático en los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE). Esto no parece a priori algo novedoso, pues a día de hoy existen en el territorio nacional algo similar a los PAE, los Punto de Asesoramiento e Inicio de la Tramitación (PAIT) que dan soporte para tramitar la creación de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) y autónomos.

Por otro lado, sí que sería muy positiva la creación de dos nuevos tipos de sociedades: el Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL) y la Sociedad Limitada de Responsabilidad Sucesiva (SLRS). Con la ERL las personas físicas evitarán que la responsabilidad derivada de sus deudas afecte a determinados bienes considerados esenciales, como la vivienda habitual que no supere los 300.000 €, el vehículo familiar que no supere los 25.000 € y demás bienes inmuebles no usados para la actividad empresarial. La SLRS se creará sin capital mínimo, gran escoyo a la hora de constituir en la actualidad una SRL que requiere un depósito de capital social de 3005,06 €,  y se regirá por la misma normativa que la SRL, salvo en algunas obligaciones para proteger a terceros.

El IVA de caja es una medida fiscal positiva, pero insuficiente. A partir de ahora los empresarios podrán pagar el IVA cuando cobren la factura, siempre que no superen los 2 millones de € anuales en sus operaciones. Eso sí, el  IVA deberá de ingresarse el 31 de Diciembre de cada año, se haya cobrado o no. En relación a  la reducción de tipos impositivos para nuevas sociedades y autónomos durante dos períodos impositivos, como bien dice Ángel Gómez, Secretario General de CEAJE, “debería ser más profunda y permitir el pago en función de los ingresos a partir de un mínimo, con carencia total durante los dos primeros años de desarrollo y sin límite de edad”.

También da la sensación de haberse perdido la oportunidad de mejorar el acceso a créditos por parte de emprendedores y PYMES. Esta ley incentiva la emisión de valores en el Mercado Alternativo de Renta Fija y el acceso a bonos de internacionalización para las PYMES, pero como desde CEAJE se comenta “no apunta a la solución”, pues no se establecen unas líneas de crédito mejoradas con respecto a la situación actual.

Por último señalaremos otra declaración de intenciones de esta ley, el fomento de la cultura emprendedora para los jóvenes desde edad temprana hasta la finalización de los estudios universitarios, o la facilitación de entrada de inversores privados y emprendedores extranjeros, mediante la concesión de permisos de residencia a los mismos.
Sólo el tiempo dirá si esta nueva ley de apoyo al emprendedor y sus medidas, aún por desarrollar, facilitan la creación de nuevas empresas y proyectos emprendedores, o se queda en un simple intento de mejora del actual panorama empresarial en España

David Lopera
Departamento de Emprendedores AJE Región de Murcia